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  • Leonel Melo

Discurso apertura 1er Congreso de Derecho Contemporáneo (CderC)

Este evento nos congrega alrededor de una visión, una vocación y un compromiso que compartimos todos los que estamos aquí: nuestra distinguida audiencia, los expositores y panelistas que nos privilegian con sus intervenciones, y todos nuestros socios y colaboradores en este proyecto que es el Congreso de Derecho Contemporáneo.


La visión que compartimos es la de que el Derecho, y la profesión legal, son capaces de transformar la sociedad en la que vivimos, haciéndola más rica y más sostenible. Cuando un estudio reciente, comisionado por un importante gremio empresarial, concluyó que el Derecho es una de las carreras menos apetecidas por los bachilleres y de menor contribución al incremento salarial de la economía, ninguno de nosotros se sintió aludido, y aquí estamos. El Derecho de ese estudio no es el Derecho de este Congreso. Este es continuamente nuevo, energizado, recargado, orientado a propósitos concretos de crecimiento y de desarrollo.


El Derecho es fundamentalmente un sistema de distribución de recursos, y es el principal habilitador de la capacidad natural de los agentes económicos para generar riqueza y para distribuir esa riqueza de manera adecuada. Esto se logra empezando por reconocer que el espacio en el que la magia ocurre es un mercado sano, y luego concentrando todo esfuerzo de diseño del sistema legal y todo esfuerzo en su implementación a remover los obstáculos que frustran esa esencia. Es removiendo obstáculos que se potencia la capacidad del mercado para generar riqueza.


En ese sentido el Derecho es atemporal, y el nombre de este Congreso por lo tanto nos desafía. Lo relevante no es, y esto resulta obvio, el contenido sustantivo o adjetivo de un sistema legal, tal vez esos sí matizados por los tiempos. ¿Qué significa entonces ser “contemporáneo” en el contexto de esta visión?


¿Son las preguntas que se plantea el Derecho diferentes hoy en día? No lo son. Cuando nos preguntamos cuál es la forma de optimizar derechos de propiedad en el metaverso, o cómo manejar el desdoblamiento eventual del patrimonio entre el individuo y su avatar, o si en su momento nos preguntamos si debemos resolver ese problema reconociendo al avatar personería jurídica, no nos estamos preguntando algo muy distinto de cuándo tuvimos que decidir cuál era el tratamiento óptimo de los patrimonios autónomos, por ejemplo. Y cuando ponderamos reconocer el valor de intercambio de una criptomoneda o incluso de un token no fungible (un NFT) no estamos decidiendo algo muy diferente de cuando nos preguntamos si la permuta, una de las transacciones legales más antiguas, podía ocurrir mediante un mecanismo de triangulación que insertara en la ecuación a un activo transitorio, fungible, de intercambio, como una moneda tradicional. Y las conclusiones son las mismas si nos cuestionamos sobre los derechos a la voz de un individuo después de su muerte, o la titularidad del espacio, o la réplica de un proceso de decisión o creación mediante inteligencia artificial.


¿Y las respuestas, son distintas? Tampoco lo son. Consistentes con ese principio de que el Derecho es un habilitador de la capacidad de generación de riqueza de los agentes económicos, y de que esto se logra emulando al mercado y removiendo los obstáculos que le impidieran producir naturalmente soluciones eficientes, nuestras respuestas han sido siempre las mismas: los agentes económicos deben poder transar en condiciones de libertad, y deben poder escoger la jurisdicción más conveniente, para incentivar de esta manera una competencia sana por el sistema más eficiente; y el Estado por su parte debe limitarse a garantizar sistemas de información óptimos, para posicionar adecuadamente a esos agentes a tomar decisiones educadas, a corregir distorsiones de mercado, precisamente retornando al mercado, a proveer un sistema de adjudicación propia y al mismo tiempo fomentar los sistemas privados de resolución de controversias, y finalmente, a garantizar transparencia y neutralidad fiscal, para evitar escenarios de competencia desleal. Cuando se nos pase la ilusión que nos hace pensar que el metaverso o el espacio o las criptomonedas o los tokens no fungibles nos plantean preguntas nuevas, estaremos consensuando las mismas respuestas de siempre.


¿Qué es entonces lo contemporáneo? ¿Lo nuevo? El entorno es lo que es nuevo, pero es siempre nuevo, continuamente cambiante. Este Congreso pudiera muy bien llamarse Congreso de Derecho en Tiempo Real. El entorno no se organiza en fases secuenciales. Sus tiempos se solapan. Eso explica por qué en este mismo momento en que estamos hablando de conquistar el espacio sideral, o de crear un mundo digital paralelo a lo que antes llamábamos "real", hay quienes están conquistando el espacio terrenal mediante mecanismos más antiguos, como la guerra. Ese entorno continuamente cambiante se define por sus estadios de innovación, sus condiciones demográficas, la situación de sus mercados, el estado de aprovechamiento de los recursos naturales, fenómenos climáticos, episodios políticos, todos estos temas atemporales.


Y esto nos lleva entonces a esa vocación que compartimos. Convencidos de que las preguntas y las respuestas son las mismas, y de que lo cambiante es el entorno, nos enfocamos en el negocio, en crear valor, en enriquecernos como país, como sociedad, identificando y capturando oportunidades que sí son nuevas, y tomando al Derecho como un conducto, la base sobre la que podemos construir las rutas para alcanzar esos propósitos de generación de valor y de riqueza. El Derecho es, además de atemporal, inherentemente intrascendente, porque lo que lo justifica es la medida en la que podamos usarlo para servir esos objetivos últimos que no son "legales", son "de desarrollo". Nuestra vocación es la de desatar esa capacidad habilitadora del Derecho, y estamos reunidos aquí para preguntarnos, y respondernos, cuáles son los desafíos que el entorno de este preciso momento nos plantea para lograrlo. Para transformar a través del Derecho debemos empezar por transformar al Derecho, pero no necesariamente o no sólo en el contenido de las normas sino en orientarlo a esa vocación de usar las normas para servir el propósito de desarrollo.


Y con esa vocación nace un compromiso. Nosotros sabemos que ese instrumento que es el Derecho nos permite construir más de una ruta posible para alcanzar los objetivos de creación de valor y generación de riqueza que estamos llamados a satisfacer. Y algunas de esas rutas pueden ser equivalentes si las medimos desde una óptica tradicional de desarrollo económico. Pero no lo son desde otros puntos de vista, y definitivamente no lo son en el contexto de la forma como definimos desarrollo hoy en día. Eso sí es contemporáneo, la expectativa que tenemos de la forma como nos desarrollamos. Queremos una sociedad más rica que sea al mismo tiempo más justa y más sostenible. Queremos conciliar la idea de libertad con la de igualdad. Ese es el desafío que nos motiva hoy. Esa es la genialidad a la que aspiramos. Y ese es nuestro compromiso.


Disfruten CDERC.


Muchas gracias. 

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